Cualquier transferencia de material de origen biológico a otra institución debe realizarse mediante un Acuerdo de Transferencia de Material (ATM), entre la institución receptora y la Universidad de Costa Rica. Los términos de este ATM se deben negociar con la participación de PROINNOVA, en el cual se debe incluir lo relativo a la distribución de posibles beneficios que surjan de la investigación y el acceso al material.