La Vicerrectoría organiza actividades de reflexión sobre las políticas institucionales y directrices sobre acceso abierto al conocimiento para recibir observaciones, aclarar dudas y promover cambios que respondan a las características y necesidades de las diferentes áreas de la Institución.
El pasado 11 de agosto pasado se realizó un conversatorio sobre el tema con la participación de directores e investigadores de unidades académicas y de investigación en el auditorio Unidad de Conocimiento Agroalimentario (UCAGRO). El Dr. Fernando García Santamaría, vicerrector de investigación, conversa con los participantes del Conversatorio.
Las políticas de acceso abierto en la Universidad de Costa Rica responden a un proceso histórico que busca insertar a la Institución en una corriente internacional. Desde hace varios años, Consejo Universitario, la Rectoría y la Vicerrectoría de Investigación han emitido políticas y directrices sobre diferentes aspectos relacionados con el tema.
En marzo del año pasado, el Consejo Universitario emitió el Reglamento de la Investigación de la Universidad de Costa Rica, el cual incorpora aspectos de normativas anteriores y crea nuevas regulaciones.
Por ejemplo en el artículo N°9 (Difusión y divulgación de resultados), plantea que la difusión y la divulgación científicas son actividades de comunicación reguladas por las directrices y políticas emitidas por la Vicerrectoría de Investigación, sin perjuicio de las que puedan formular otros órganos universitarios en el ejercicio legítimo de sus competencias.
A partir de la emisión de este Reglamento los investigadores (as) deben divulgar entre la comunidad científica nacional e internacional los resultados y hallazgos de las investigaciones que realicen, de forma que estimen conveniente, siempre que cumplan con los estándares académicos institucionales y salvaguarden los derechos de propiedad intelectual inherentes a la Universidad.
La normativa reafirma el compromiso de la Institución con el acceso abierto al indicar que la divulgación de obras literarias, artísticas o científicas deben ser objeto de la más amplia comunicación pública en el repositorio institucional, y en otros repositorios de acceso abierto, que a criterio del autor (a), garanticen la integridad de la obra.
El Transitorio N°8 de dicho Reglamento planteaba que la Administración debía promulgar las directrices estipuladas en el artículo N°9 de sobre el depósito de las obras académicas en los repositorios institucionales y en otros repositorios de acceso abierto, en un plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de dicho Reglamento.
En acatamiento a esta disposición, la Vicerrectoría de Investigación emitió la Resolución N°Vi-3269-2016 (“Directrices para el depósito de obras académicas en el repositorio institucional, repositorios especializados en la UCR y otros repositorios de acceso abierto”) el veinte de mayo del 2016, justamente un día después de iniciar funciones el Dr. Fernando García Santamaría, actual vicerrector de investigación
Según manifestó el Dr. Denis Campos González, asesor legal de la Vicerrectoría, desde la emisión del Reglamento de Investigación y las mencionadas directrices se han recibido numerosas observaciones, dudas, comentarios y recomendaciones de más de veinte unidades académicas y de investigación.
Como respuesta a estas inquietudes, el Dr. Fernando García, vicerrector de investigación, decidió abrir un espacio de diálogo con la comunidad universitaria para escuchar sus observaciones y comentarios y promover cambios o mejoras a la normativa. Ver Resolución N°VI-3269-2016.
El 9 de agosto en la sala Girasol de la Vicerrectoría de Investigación se realizó un encuentro sobre un tema relacionado, el acceso abierto de datos de investigación en la UCR.