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Decreto agilizaría aprobación de planes reguladores en el país

Decreto agilizaría aprobación de planes reguladores en el país

Manrique Vindas Segura
24. 11. 15

Ing. Civil Luis Zamora González, coordinador de Produs-UCR,
durante un proceso participativo para la elaboración de un plan regulador.

Fuente:
Foto con fines ilustrativos.

La disponibilidad de información requerida, la exigencia de costosos estudios, los cambios de administraciones y la ausencia de claridad sobre las reglas del juego dentro de las instituciones involucradas, han sido los peores enemigos de los la planificación territorial en Costa Rica.

Se estima que estos obstáculos han paralizado la aprobación de planes reguladores durante aproximadamente tres años. 

No obstante este tortuoso camino parece haber llegado a su fin, ya que el 3 de setiembre del 2015 se firmó y publicó del decreto denominado “Reglamento de la transición para la revisión y aprobación de planes reguladores N° 39150”.

Este decreto allana las diferencias y reúne el consenso de todas las instituciones involucradas en el proceso de elaboración y revisión de un plan regulador, brindando a las municipalidades una opción para alcanzar la aprobación de sus planes.

Las instituciones involucradas en el proceso son la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), el Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento (SENARA), el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), y en el caso de zonas costeras, también participa el Instituto Costarricense de Turismo (ICT). 

Además de las instituciones mencionadas a la elaboración del decreto,  se sumaron los ministerios con alguna participación en el tema.

Comisión interinstitucional

El Gobierno creó recientemente una comisión integrada por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) como coordinador, el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Planificación Nacional (MIDEPLAN), el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH), SENARA, SETENA e INVU, con la finalidad de  buscar una salida a la parálisis existente, lo cual culminó con el decreto N°39150.

La Comisión tenía varias funciones, según explicó la investigadora del Programa de Investigación y Desarrollo Urbano Sostenible (ProDUS-UCR), la Bach. Mayra Durán Hidalgo. Entre ellas crear un inventario de la situación de los planes reguladores que están presentados ante SENARA y SETENA; definir criterios de articulación entre SENARA y SETENA para incorporar la variable hidrogeológica en la evaluación ambiental y apoyar a SENARA en la construcción de un procedimiento para la revisión  de estudios hidrogeológicos.

Además, tenía la tarea de apoyar a SETENA en la definición de procedimientos transitorios para la evaluación  ambiental de los planes reguladores, definir acciones complementarias para brindar una solución integral a la problemática sobre la revisión y aprobación de los planes reguladores y preparar un decreto ejecutivo mediante el cual se establezcan acciones para la revisión y aprobación de planes reguladores locales y costeros.

De acuerdo con la investigadora, el decreto “da una solución temporal a la parálisis que existía en el proceso de aprobación y revisión, permitiendo avanzar, con una herramienta legal y técnicamente viable, en la aprobación de planes reguladores.

Además,  garantiza la protección del medio ambiente, porque permite continuar planificando el territorio y controlando el crecimiento de las ciudades, aplicando para ello el estudio de variables ambientales con el respaldo de los profesionales que elaboran los estudios, los cuales son revisados y aprobados previamente por SETENA”.

En este sentido, la investigadora fue enfática en que es importante tener algún nivel de planificación en los cantones, “ya que no tener ninguno facilita el desarrollo urbanístico descontrolado, porque cuando no lo hay es muy difícil para la municipalidad controlar aspectos que no están incluidos en los reglamentos del INVU, que son los que se aplican cuando no hay plan regulador”.

Vigencia de cinco años

El nuevo decreto estará vigente durante los próximos cinco años y permitirá,  entre otras cosas, que hasta el 3 de setiembre del 2020 se apliquen condiciones transitorias para la revisión de los estudios ligados a los planes reguladores, de manera que en algunos casos no será necesaria la exigencia de costosos estudios.

En su lugar será posible sustituir la metodología para aplicar una menos costosa, pero igualmente confiable, con respaldo profesional y que será revisada y aprobada por SETENA, con lo cual de igual manera se  cumplirá con Ios objetivos que plantean los Índices de Fragilidad Ambiental (IFA) del SETENA.

Durante estos cinco años se espera que las instituciones del estado generen los insumos necesarios para la preparación de estos planes, y que los pongan a disposición de las municipalidades, para que estas elaboren y actualicen sus planes reguladores.

Durante este período,  SETENA revisará y aprobará la viabilidad ambiental de los planes que se presenten a revisión, en los cuales la vulnerabilidad hidrogeológica podrá ser analizada con la metodología establecida por SETENA, en el Decreto N°32967-MINAE, sin necesidad de ser revisada y aprobada previamente por SENARA.

De esta posibilidad solo se exceptúan  algunos de los cantones de la zona norte de Heredia, por ser una zona de recarga acuífera, que actualmente está seriamente amenazada, por lo que requiere de estudios más detallados.

Además de lo indicado, el decreto establece otras herramientas de agilización, con respecto a temas concretos. Por ejemplo, permite  utilizar un equipo interdisciplinario de profesionales inscritos en SETENA, distinto al establecido en el Decreto N°32967-MINAE.

Con respecto al Patrimonio Natural del Estado, es suficiente la clasificación y delimitación que certifica las Áreas de Conservación; se define la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos  y Atención de Emergencias (CNE), como un ente asesor en el tema de planes reguladores y no una instancia más de revisión y aprobación de estos.

Al hacer uso de las herramientas propuestas por el Decreto, las municipalidades estarán condicionadas a realizar una mejora posterior al plan, con la finalidad de que integren toda la nueva información generada para el cantón. Esto será en un plazo de dos años contados a partir de que estén disponibles los insumos para las municipalidades.

Con la emisión del Decreto N°39150, la elaboración y revisión de Planes Reguladores tendrá un proceso más expedito, exceptuando los casos ya mencionados de la zona norte de Heredia. Estos sí deben elaborar el estudio hidrogeológico y presentarlo a revisión y aprobación a SENARA.

Planes e investigación

En el proceso de elaboración de un plan regulador se desarrolla una gran cantidad de investigación y se genera mucha información relevante, de ahí que todos los planes reguladores en que trabaja ProDUS-UCR se inscriben como proyectos de investigación en la Vicerrectoría de Investigación de la UCR.

Según explicó el coordinador de ProDUS-UCR, el Ing. Luis Manuel Zamora González, “toda la investigación que hay que hacer a nivel legal, físico, técnico, socioeconómico, de infraestructura, etc., genera gran cantidad de información y bases de datos que son utilizados para muchos trabajos de estudiantes y profesionales.También se adquiere mucha experiencia a nivel multidisciplinario, pues trabajan abogados, agrónomos, ingenieros, biólogos y arquitectos, entre otros.

Por otra parte, el experto destacó que los estudiantes que colaboran en estos proyectos adquieren valiosa experiencia en cuanto a planificación y crecimiento de las ciudades y protección ambiental, lo cual representa un enriquecimiento profesional.

Prueba de ello es que estas investigaciones generan muchos proyectos de graduación en temas como la oferta de vivienda en la GAM, los problemas de áreas verdes y recreativas e impacto de las nuevas construcciones en la infraestructura actual, entre otros.

Igualmente, se genera mucha investigación a nivel social por los procesos participativos  que involucran a la comunidad en la elaboración del plan regulador.

Asimismo, se genera investigación de índole legal con un análisis integral de todo el ordenamiento jurídico en el que se desenvuelven las municipalidades, con el objetivo de brindarles herramientas que mejoren su funcionamiento y eficiencia, desde el ámbito de competencias que tienen los planes reguladores.

ProDUS-UCR elaboró el Plan Regulador  del cantón de Montes de Oca y los Índices de Fragilidad Ambiental del cantón de San José y además se encuentra colaborando con otras municipalidades en este mismo tema, como la de Alajuela, Flores, Santa Ana, San Carlos, Garabito, entre otras.

Además de ProDUS-UCR, en Costa Rica,  realizan planes reguladores la Universidad Nacional (UNA), el INVU, y empresas privadas.

Nota actualizada:miércoles 25 de noviembre del 2015, 10:30 a.m.